viernes, 23 de marzo de 2012

Ley Matthew Shepard, ¡A denunciar los crímenes de odio en Puerto Rico!



Ley Matthew Shepard y James Byrd, Jr ¡A DENUNCIAR LOS CRÍMENES DE ODIO!

POR: FRANCISCO J. CARTAGENA MÉNDEZ, EL JIMAGUA

ESCRITOR Y ACTIVISTA SOCIAL POR LOS DERECHOS HUMANOS

¿Qué es un crimen de odio?

Los delitos de odio tienen lugar cuando una persona ataca a otra y la elige como víctima en función de su pertenencia a un determinado grupo social, según su edad, raza, género, identidad de género, religión, etnia, nacionalidad, afiliación política, discapacidad u orientación sexual.

Política Federal para atender Crímenes de Odio en Puerto Rico

En torno a políticas federales tenemos a nuestra disposición la Ley Matthew Shepard y James Byrd, Jr., para la Prevención de Crímenes Motivados por Prejuicios la cual mediante un esfuerzo por parte de la División de Servicios en la Comunidad del Departamento de Justicia de Estados Unidos y miembros el FBI busca hacer justicia a víctimas de este tipo de crímenes. La Ley federal es aplicable a delitos cometidos por prejuicios en contra de una persona por su orientación sexual, identidad de género, raza, color, incapacidad u origen nacional.

ANTES DE EXPLICAR LA LEY FEDERAL CONTRA DELITOS DE ODIO, ES IMPORTANTE QUE LOS CIUDADANOS DENUNCIEMOS LOS MISMOS, ¿CÓMO HACERLO?

  • · Todo crimen que pudiera ser motivado por prejuicios en contra de la víctima debe ser denunciado.
  • · No temas a denunciar alguna agresión en tu contra o en contra de otra persona por su identidad sexual, identidad de género u orientación sexual.
  • · Si sientes temor en ir a la policía a denunciar alguna agresión en tu contra u otra persona por su orientación sexual localiza a activistas sociales, abogados, u organizaciones GLBTT para que se te pueda brindar ayuda.
  • · Si no denunciamos los delitos o crímenes de odio a las agencias estatales y federales que pueden verdaderamente investigarlos y hacer justicia, nunca se logrará un precedente que comience a hacer justicia a nuestra dignidad humana.

¿Cómo se aplica la Ley Federal Matthew?

Para que la Ley sea aplicable debe existir una víctima con daños corporales ya sea por un arma de fuego u objeto y si el delito o crimen afecta el comercio interestatal o extranjero. Esto significa que el arma utilizada para cometer el delito por prejuicio debe ser extranjera, o que al momento que se comete el crimen motivado por prejuicio, algún comercio se vea afectado. A continuación describo varios aspectos importantes a conocer para lograr entender en primer lugar qué es un crimen de odio y como se aplicaría esta ley en Puerto Rico.

· Un crimen de odio- debe ser motivado más allá de duda razonable por prejuicios en contra de la víctima por su orientación sexual, edad, raza, género, identidad de género, religión, etnia, nacionalidad, afiliación política, o discapacidad.

¿Qué debe ocurrir para que la Ley Federal sea aplicable en Puerto Rico

  • Debe haber una víctima con daño corporal, (cortadura, abrasión, hematoma, quemadura, desfiguración, dolor físico, enfermedad, discapacidad consecuencia de la agresión) ya sea si el delito fue cometido con un arma de fuego, cuchillo o cualquier objeto que no se fabrique en Puerto Rico (Comercio Interestatal).
  • A la víctima se le cometió una agresión por algún tipo de prejuicio en su contra: (18 U.S.C 249 (a) (2), Sub-sección Segunda: Causarle daños corporales a otra persona por las razones explicadas anteriormente, orientación sexual, género, identidad sexual, discapacidad, etc.
  • Actos prohibidos: El delito motivado por prejuicio afecta el comercio interestatal o extranjero: esto significa que al momento que se cometió el crimen algún comercio (gasolinera, tienda, fast food etc.,) se vio afectado por consecuencia de la agresión.
  • Comercio interestatal: El arma utilizada para cometer el crimen de odio viajó en comercio interestatal o extranjero. El delito ocurrió en una estación del tren, cochera de autobuses o en una carretera interestatal.

En resumen:

  • Lo importante es conocer que esta Ley Federal puede ser aplicable en Puerto Rico, pero para ello es importante que todo caso de crimen de odio sea denunciado.
  • Si presencias algún crimen de odio, puedes testificar tranquilamente, las agencias federales te ofrecerán protección.
  • La mayoría de los casos de crímenes de odio en Puerto Rico no se les ha hacho justicia por presunta falta de testigos o pruebas que evidencien más allá de duda razonable el prejuicio en contra de la víctima.
  • Ayer fue otra persona la víctima de crimen de odio, mañana puedo ser yo, puedes ser tú, por ello es menester de todos unificar esfuerzos, conocimiento y la valía social y legal para exigir que nos traten con respeto y que todo delito en nuestra contra sea investigado y sentenciado con los agravantes y/o penalidades que les corresponda.

Comunidad GLBTT y Comunidad Heterosexual ¡A denunciar los crímenes de Odio!

El autor de este ensayo es escritor y activista por los derechos humanos. Para comentarios, dudas o denunciar algún delito de odio pueden escribirle a su correo: eljimagua@live.com

Este insumo fue preparado como parte del debate al que el autor asistió junto a miembros del FBI y del Departamento de Justicia Federal en el Colegio de Abogados el pasado 14 de marzo del 2012.


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